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  • Guía ecotasa en España: tasa turística 2025

Guía ecotasa en España: tasa turística 2025

Ecotasa

1. ¿Qué es la ecotasa o tasa turística?

La ecotasa o tasa turística es un impuesto que se aplica en ciertos destinos turísticos, con el objetivo de reducir el impacto medioambiental y generar conciencia del turismo responsable. 

El dinero recaudado de la ecotasa se invierte en acciones de conservación del medio ambiente y sostenibilidad.

 

1.1. ¿Cuándo se cobra la ecotasa?

La tasa turística se cobra al inicio de la estancia, al hacer la reserva, o a la hora de liquidar los gastos durante el check-out dependerá de la comunidad autónoma y del tipo de establecimiento turístico.

 

1.2. ¿Dónde se cobra la ecotasa?

Depende de la comunidad autónoma pero se cobran en todos los establecimientos dedicados a dar hospedaje.

 

1.3. ¿La tasa turística incluye IVA?

La ecotasa incluye IVA, concretamente el IVA del 10 %.

 

1.4. ¿Qué ciudades de España tienen tasa turística?

El impuesto de turismo en España solo se aplica en algunas ciudades. Por ahora, en España la tasa turística solo se cobra en Cataluña e Islas Baleares, aunque se está debatiendo incluir también una tasa turística en otras regiones de España como Comunidad Valenciana o Canarias.

 

1.5. ¿La ecotasa se paga en el hotel o alojamiento directamente?

Dependiendo del establecimiento y la comunidad autónoma donde se encuentre, la ecotasa se puede pagar directamente en el alojamiento al liquidar los gastos de la reserva o con antelación en el momento de la reserva. Si el hotel utiliza una solución de pagos automatizada, la ecotasa se puede pagar incluso durante el check-in online.

 

1.6. ¿Como hotelero puedo automatizar el cobro de la ecotasa o tasa turística?

Por supuesto que sí, ya hay soluciones que permiten digitalizar y automatizar el pago de estas tasas turísticas para evitar procesos manuales, mejorar la seguridad y evitar fraudes, como es el caso del producto Protección de pagos de Civitfun, que permite digitalizar y automatizar tanto el pago de la reserva como de las tasas turísticas o ecotasas. 

No olvides revisar el último apartado del post para más preguntas frecuentes sobre la tasa turística.

 

2. Tasa turística en Cataluña (2025)

 

2.1. ¿Cuánto es la tasa turística en Cataluña? 

Las tasas turísticas en Cataluña se han actualizado tras la aprobación del Decreto ley 6/2025 del 25 de marzo, por el que se toman medidas urgentes como respuesta a la crisis habitacional y turismo masivo que recibe la comunidad autónoma.

Las nuevas tarifas se han aplazado y no serán efectivas hasta el 1 de octubre de 2025.

 

Tasa turística Barcelona (actualizada 2025)

Hasta el 30 de septiembre de 2025

Tipo de establecimiento (Barcelona ciudad) Tarifa general (desde el 01.04.2023) Recargo máximo del Ayuntamiento de Barcelona (desde el 01.04.2023) Tarifa total
Hotel de 5 estrellas, gran lujo, camping de lujo y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente (EB1) 3,50 € 4,00 € 7,50€
Hotel de 4 estrellas y 4 estrellas superior, y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente (EB2) 1,70  €  4,00 € 5,70 €
Vivienda de uso turístico (EB4) 2,25 €   4,00 € 6,25 €
Resto de establecimientos y equipamientos (EB3) 1,00 €  4,00 € 5,00 €
Embarcación de crucero
– Más de 12 horas  (CR1)
– 12 horas o menos (CR2)
2,00 €
3,00 €
 4,00 € 6,00 €
7,00 €

 

Desde el 1 de octubre de 2025

Tipo de establecimiento (Barcelona ciudad) Tarifa general (desde el 01.05.2025) Recargo máximo del Ayuntamiento de Barcelona (desde el 01.10.2025) Tarifa total
Hotel de 5 estrellas, gran lujo, camping de lujo y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente (EB1) 7,00 € 4,00 € 11,00€
Hotel de 4 estrellas y 4 estrellas superior, y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente (EB2) 3,40  € 4,00 € 7,40 €
Vivienda de uso turístico (EB4) 4,50 €  4,00 € 8,50 €
Resto de establecimientos y equipamientos (EB3) 2,00 € 4,00 € 6,00 €
Embarcación de crucero
– Más de 12 horas  (CR1)
– 12 horas o menos (CR2)
4,00 €
6,00 €
4,00 € 8,00 €
10,00 €

El recargo de la tasa turística del Ayuntamiento de Barcelona será de un máximo  de 4 € desde el 01.10.2025 en adelante, y no aplicará a las estancias en embarcaciones de crucero de 12 horas o menos.

 

Tarifa ecotasa en resto de Cataluña (actualizada 2025)

 

Hasta el 30 de septiembre de 2025

Tipo de establecimiento. Resto de Cataluña. Tarifa general (desde el 01.04.2023) Recargo máximo del Ayuntamiento Tarifa total
Hotel de 5 estrellas, gran lujo, camping de lujo y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente (ET1) 3,00 € – 3,00 €
Hotel de 4 estrellas y 4 estrellas superior, y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente (ET2) 1,20  € – 1,20  €
Vivienda de uso turístico (ET4) 1,00 € – 1,00 €
Resto de establecimientos y equipamientos (ET3) 0,60 €  –  0,60 €
Embarcación de crucero
– Más de 12 horas  (CR3)
– 12 horas o menos (CR4)
2,00 €
3,00 €
 – 2,00 €
3,00 €

 

Desde el 1 de octubre de 2025

Tipo de establecimiento. Resto de Cataluña. Tarifa desde el 01.10.2025 Recargo municipal (desde el 01.10.2025) Tarifa total
Hotel de 5 estrellas, gran lujo, camping de lujo y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente (ET1) 6,00 € – 6,00 €
Hotel de 4 estrellas y 4 estrellas superior, y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente (ET2) 2,40  € – 2,40  €
Vivienda de uso turístico (ET4) 2,00 €  – 2,00 € 
Resto de establecimientos y equipamientos (ET3) 1,20 € – 1,20 €
Embarcación de crucero
– Más de 12 horas  (CR3)
– 12 horas o menos (CR4)
4,00 €
6,00 €
– 4,00 €
6,00 €

 

Tarifa especial tasa turística en Cataluña (actualizada 2025)

La tarifa especial es aquella que se aplica a las estancias en los establecimientos que están dentro de un centro recreativo turístico o estén situados en las áreas en que se admiten actividades de juego y apuestas.

Hasta el 30 de septiembre de 2025

Tarifa especial Tarifas desde 01.05.2025
Hotel de 5 estrellas, gran lujo, camping de lujo y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente (TE1) 5,00 €
Hotel de 4 estrellas y 4 estrellas superior, y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente (TE2) 3,50 €
Resto de establecimientos y equipamientos (TE3) 2,50 €

Desde el 1 de octubre de 2025

Tarifa especial Tarifas desde 01.05.2025
Hotel de 5 estrellas, gran lujo, camping de lujo y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente (TE1) 10,00 €
Hotel de 4 estrellas y 4 estrellas superior, y establecimiento o equipamiento de categoría equivalente (TE2) 7,00 €
Resto de establecimientos y equipamientos (TE3) 5,00 €

 

 

 

2.2. ¿Quiénes pagan la ecotasa en Cataluña?

La tasa turística en Cataluña se aplicará a las personas que se alojan en: 

  • Los alojamientos turísticos establecidos en cada momento por la normativa vigente en materia de turismo.
  • Los albergues de juventud, cuando presten servicios turísticos de alojamiento.
  • Las embarcaciones de crucero turístico. Se entiende por embarcación de crucero turístico la que hace transporte por mar o por vías navegables con el único fin de placer o recreo, completado con otros servicios y con estancia a bordo superior a dos noches, según lo definido en la normativa de la Unión Europea.
  • Cualquier establecimiento o equipamiento en el que se presten servicios turísticos de alojamiento.

 

2.3. ¿Quiénes no pagan la ecotasa en Cataluña?

Están exentas de la aplicación de la ecotasa en Cataluña:

  • Las estancias subvencionadas por programas sociales de una administración pública de cualquier Estado miembro de la Unión Europea.
  • Las personas de edad igual o inferior a 16  años.
  • Las estancias que se realicen por causas de fuerza mayor, determinadas por reglamento. Se entienden por causas de fuerza mayor los eventos que se produzcan en el territorio de Cataluña que no se hayan podido prever o que se hayan podido prever pero hayan sido inevitables, tales como las catástrofes naturales o los actos violentos.
  • Las estancias que realice cualquier persona por motivos de salud, así como las de las personas que le acompañen.
  • Para aplicar esta exención, debe justificarse documentalmente que las estancias responden a esta  necesidad.

 

3. Tasa turística en Baleares

 

3.1. ¿Cuánto es la tasa turística en Baleares?

La ecotasa en Mallorca y Baleares depende del tipo de establecimiento, como se ve en la siguiente tabla.

 

Clases de establecimientos turísticos Euros/día de estancia o fracción
Hoteles, hoteles de ciudad y hoteles apartamentos de cinco estrellas, cinco estrellas gran lujo y cuatro estrellas superior 4€
Hoteles, hoteles de ciudad y hoteles apartamentos de cuatro estrellas y tres estrellas superior 3€
Hoteles, hoteles de ciudad y hoteles apartamentos de una, dos y tres estrellas 2€
Apartamentos turísticos de cuatro llaves y cuatro llaves superior 4€
Apartamentos turísticos de tres llaves superior 3€
Apartamentos turísticos de una, dos y tres llaves 2€
Establecimientos de alojamiento no residenciales de empresas turístico-residenciales 4€
Viviendas turísticas de vacaciones, viviendas objeto de comercialización de estancias turísticas y viviendas objeto de comercialización turística 2€
Hoteles rurales, agroturismos, hospederías y alojamientos de turismo de interior 2€
Hostales, hostales-residencia, pensiones, posadas y casas de huéspedes, campamentos de turismo o campings 1€
Albergues y refugios 1€
Otros establecimientos o viviendas de carácter turístico 2€
Embarcaciones de crucero turístico 2€

 

 

3.2. ¿Quiénes pagan la ecotasa en Baleares?

La ecotasa o impuesto turístico en Baleares se aplica a las personas que se alojan en los siguientes establecimientos turísticos 

  • Los hoteles de una, dos, tres, cuatro y cinco estrellas.
  • Los hoteles, apartamentos de una, dos, tres, cuatro y cinco estrellas.
  • Los apartamentos turísticos de una, dos, tres y cuatro llaves.
  • Las viviendas turísticas vacacionales.
  • Los «campings» o campamentos de turismo.
  • Los hoteles rurales.
  • Los establecimientos de turismo de interior y los de agroturismo.
  • Los otros establecimientos que, de acuerdo con la Ley 2/1999, de 24 de marzo, General Turística de las Illes Balears, tengan la consideración de empresa turística de alojamiento.
  • Aquellos a los cuales, por Ley, les sea atribuida esta condición.

 

3.3. ¿Quiénes no pagan la ecotasa en Baleares?

 Quedan exentas:

  • Las estancias de los niños de hasta 12 años de edad.
  • Las estancias subvencionadas por programas sociales de una Administración Pública de cualquier Estado miembro de la Unión Europea.
  • Estancias por fuerza mayor, se entenderán por fuerza mayor los acontecimientos que se produzcan en el territorio de las Illes Balears que no se hayan podido prever o que se hayan podido prever pero hayan sido inevitables, particularmente las catástrofes naturales y los actos violentos.
  • Estancias por desplazamientos para atención sanitaria, será aplicable a los pacientes y a sus acompañantes que pernocten en un establecimiento turístico ubicado fuera del territorio  del área de salud donde tenga el domicilio fiscal. Para aplicar dicha exención deberá presentar la documentación correspondiente

 

4. Preguntas frecuentes sobre la ecotasa

 

4.1. ¿Cómo se paga la ecotasa por parte del establecimiento hotelero?

El Impuesto de turismo sostenible o ecotasa es un tributo que cobran las empresas de alojamiento a las personas físicas. Su recaudación debe ser entregada a la Agencia tributaria correspondiente, estas se deben liquidar antes del plazo establecido por esta institución.

Las agencias tributarias correspondientes en las comunidades autónomas son:

  • Islas Baleares: Agencia Tributaria de las Islas Baleares (ATIB)
  • Cataluña: Agencia Tributaria de Cataluña (ATC)

 

4.2. ¿Qué pasa si no pago la ecotasa?

La sanción de no pagar la ecotasa, no liquidarla en los plazos establecidos o no hacerlo de manera incorrecta, incluye multas tanto en Cataluña como en Baleares.

Las multas pueden variar dependiendo del lugar y la gravedad de la infracción. Además, si se repite la infracción podría llevar a restricciones adicionales.

Es importante entender que esta tasa no es opcional, sino una obligación legal para aquellos establecimientos y turistas no exentos de pagar la ecotasa. 

 

4.3. ¿Cómo puedo automatizar el proceso de cobro de la ecotasa o tasa turística?

Como muchos procesos habituales, este impuesto se cobra de la manera tradicional, con papeleo y tiempo en recepción, y muchos establecimientos turísticos siguen sin saber que podrían dedicar su tiempo a cosas importantes en lugar de a procesos manuales.

En Civitfun te proporcionamos herramientas que permiten automatizar desde el check in hasta el check out, incluyendo el cobro de la ecotasa o tasa turística. 

Con nuestra herramienta de check-in online podrás: 

  • Automatizar el cálculo de la ecotasa según los datos del huésped y las normativas que regulan la propiedad. 
  • Solicitar a tus huéspedes el pago de la ecotasa de forma previa a su llegada, durante o en el check-out de forma ágil y segura gracias a protección de pagos. 
  • Ahorrar tiempo a tu personal de recepción y costes en papel y tinta.

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